
Con fecha 11/04/2020 se publicó en el boletín oficial la Resolución General IGJ 14/2020 que establece un régimen de diferimiento de cuota pura y cargas administrativas durante 12 meses para ser recuperada con el pago de cuotas futuras suplementarias. Además, se ofrece una bonificación adicional al diferimiento para quienes cumplan con determinadas condiciones.